5 de mayo de 2008

CIAI Informa: nueva reforma del codigo penal para conducir sin carnet

El primero de mayo entró en vigor una reforma del código penal que impone penas de hasta seis meses de cárcel por conducir sin carnet de conducir.

“A los extranjeros les afecta esta normativa pues muchos de ellos conducen sin carnet”, afirma Carlos Villar, asesor jurídico de la ONGD Ecos do Sur. En este sentido, a pesar de que gran parte de los extranjeros pueden convalidar lo permisos de conducir de su país de origen con el de España, no lo hacen por falta de información o porque están en situación irregular, por ejemplo. En el siguiente enlace de la Dirección General de Tráfico se puede ver la lista de países con las que España tiene convenio para el canje u homologación del permiso de conducir:

“Las personas que son multadas circulando sin poseer el carnet de conducir y no tienen antecedentes penales, no irán a la cárcel”, afirma Carlos Villar, quien sin embargo comenta que “el hecho de ser multado por circular sin poseer el carnet de conducir crea antecedentes penales, y eso les impide renovar o sacar tarjeta de residencia o bien obtener la nacionalidad española en el futuro”.

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